febrero 10, 2022

Corte Suprema ordena a la Superintendencia de Medio Ambiente y Servicio Nacional de Geología y Minería, supervisar el cierre efectivo del proyecto Pascua Lama.
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La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Copiapó, y acogió la acción de protección deducida por vecinos de la comuna de Alto del Carmen, en contra de la Compañía Minera Nevada SpA., por ejecutar sondajes en el clausurado proyecto Pascua Lama, contraviniendo el proceso sancionatorio, en el que se le impuso la sanción de cierre definitivo del proyecto.

En su informe, la Compañía Minera señaló que están ejecutando los sondajes con fines de investigación y recopilación de información geológica, para entender de mejor manera el comportamiento del yacimiento. Agrega que, la campaña no tiene relación con el proyecto Pascua Lama, si no que responde al ejercicio de sus legítimos derechos, pues la clausura de dicho proyecto no impide la ejecución de otras actividades, como los sondajes, en el marco de las concesiones mineras de que es titular.

La Corte Suprema revocó la sentencia en alzada y acogió el recurso, al considerar que “estas actividades, ejecutadas en infraestructura y con recursos del proyecto Pascua Lama, resultan a todas luces incompatibles con la ejecución del plan de cierre al que se encuentra obligada la recurrida y en consecuencia, ilegales y arbitrarias.”

Nota completa:
https://www.diarioconstitucional.cl/2022/02/08/corte-suprema-ordena-a-la-superintendencia-de-medio-ambiente-y-servicio-nacional-de-geologia-y-mineria-supervisar-el-cierre-efectivo-del-proyecto-pascua-lama/

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